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En el marco de la comunicación A5147 del Banco Central de la República Argentina vigente desde el 1º de diciembre de 2010 el Banco Ciudad efectúa los pagos de libranzas a través de transferencias Bancarias. Para realizar el cobro de las mismas podés dejar tu libranza en cualquier sucursal del banco siguiendo las instrucciones detalladas mas abajo.
Para el cobro necesitamos contar con la CBU y la CUIT de la cuenta a transferir.
Se podrán realizar hasta cuatro transferencias por cada giro judicial (*)
Si no posees una cuenta bancaria el Banco Ciudad te abrirá una cuenta totalmente gratuita por dos años donde se te depositaran los fondos dispuestos por el tribunal. (*)
(*) Si opta por este tipo de operativa el titular de la libranza debe concurrir a la Sucursal Judicial.
Para mayor información podes comunicarte haciendo clic aquí o con nuestro Centro de Atención y Servicio al Cliente 0800-22-20400, nuestros operadores responderán a todas tus inquietudes.
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