Tu dinero, además de la tasa de interés, será ajustado por el índice C.E.R. (coeficiente de estabilización de referencia). El C.E.R. es publicado diariamente por el www.bcra.gov.ar (sección "estadísticas e indicadores" y "principales variables").
El C.E.R. es un factor de ajuste tendiente a proteger los depóstios de la pérdida de poder adquisitivo frente al proceso de incremento generalizado de precios.
Estos plazos fijos son intransferibles, en pesos y se ofrecen en plazos de 365, 545, 730 días o más.
El capital se ajustará automáticamente por el índice C.E.R. desde la fecha de imposición hasta el día anterior al vencimiento del plazo fijo y luego, al capital ajustado se le calcularán los intereses por el período correspondiente
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(*) Condiciones legales
Los depósitos en pesos y en moneda extranjera cuentan con la garantía de $ 120.000.- En las operaciones a nombre de dos o más personas la garantía se prorrateará entre sus titulares. En ningún caso, el total de la garantía por persona podrá exceder de $ 120.000.-, cualquiera sea el número de cuentas y/o depósitos. Ley 24.485, Decreto 540/95 y Com. “A” 2337 y sus modificatorios y complementarios. Se encuentran excluidos los captados a tasas superiores a la de referencia y los que hayan contado con incentivos o retribuciones especiales diferentes de la tasa de interés. Además, cuentan con la garantía adicional de la C.A.B.A. por la totalidad de los depósitos Ley Nro. 1.779/CABA.
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