INVERSIÓN PRODUCTIVA - Com. “A” 5380 B.C.R.A.

Créditos Ciudad para la Inversión Productiva

 

bENEFICIARIOS
  • Micro, Pequeña y Medianas Empresas (MiPyMes)
  • Grandes Empresas

 

DESTINO (1)

Financiación de proyectos de inversión destinados a:

 

  • Adquisición de bienes de capital.
  • Construcción de instalaciones necesarias para la producción de bienes y/o servicios.
  • Comercialización de bienes (excluyendo bienes de cambio)

 

MONTO TASA DE INTERÉS FIJA (2) PLAZO MÍNIMO (3)

En Pesos.

Sujeto a evaluación crediticia.

TNA: 15,25% Comprendido entre 36 y 48 meses, con opción de un período de gracias de hasta 10 meses.

 

Bonificación Especial para MiPyMes:

La tasa de interés podrá ser bonificada en un punto anual, si la operación cuenta con la garantía de alguna SGR o Fondo de Garantía considerada como garantía preferida “A” en los términos del B.C.R.A.

Moneda:

Pesos.

Sistema de Amortización:

Francés.

Garantía:

A satisfacción del Banco.

Vigencia de la línea de préstamo: 

Hasta el 30/06/2013.

Desembolsos:

Los créditos podrán desembolsarse en forma única sin exceder el 30/06/2013.
Se admiten desembolsos parciales en la medida que sean efectuados antes del 31/12/2013, sujeto a evaluación crediticia.

Comisión de evaluación de proyectos y administración:

Bonificadas en un 100%.

CONSULTAS: Centro de Atención al Cliente - 0800-22-20400 - o en la Sucursal Comercial más cercana a su domicilio.

 

(1) Los fondos no podrán destinarse a la adquisición de una empresa en marcha o de tierras, o a la financiación de capital de trabajo.

(2)  T.N.A.: 15,25% - T.E.A.: 16,36% - C.F.T.: 16,36%.
     T.N.A.: Tasa Nominal Anual. - T.E.A.: Tasa Efectiva Anual.
     C.F.T.: Costo Financiero Total, expresado en Tasa Efectiva Anua, IVA no incluido.

La tasa estipulada será fija los primeros 36 meses y una vez cumplido dicho plazo, de no continuar con dicha  tasa, podrá aplicarse una tasa variable que no deberá exceder a la tasa Badlar total en pesos más 400 puntos básicos.

(3) El plazo total del crédito se determinará en función al período de gracia si lo hubiere, respetando un plazo promedio igual o superior a 24 meses.