Ciudad Competitiva

Ciudad Competitiva - Capital de Trabajo

  • OBJETIVOS: Brindar a las Pymes porteñas la posibilidad de financiarse a las mejores tasas del mercado para favorecer su permanencia, crecimiento y desarrollo, y a la vez aumentar su competitividad.
  • BENEFICIOS: Micro, pequeñas y medianas empresas que desarrollen sus actividades en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.
  • DESTINOS DE LOS FONDOS: Recomponer o incrementar el capital de trabajo.
  • MONTO: Hasta $300.000,00.
  • PLAZO: Hasta 24 meses.
  • AMORTIZACIÓN: Períodos mensuales, trimestrales, semestrales o de pago único, por sistema Francés.
  • REQUISITOS: Empresas constituidas y en pleno funcionamiento, con resultados económicos operativos positivos en el último ejercicio.
  • MÁS INFORMACIÓN: www.buenosaires.gob.ar/financiamiento
  • TASA DE INTERÉS (1): Fija o variable, a definición de la empresa solicitante. La Tasa Fija será la vigente y definida por el Banco al momento de efectivizarse el préstamo.
TASA FIJA BONIFICADAS
Plazo Hasta 180 días
Tipo de Empresa
General Zona Sur (2) Distrito Tecnológico (3)
Micro y Pequeñas ---------- ---------- ----------
Medianas 11,50 % 9,50 % 7,50 %

 

TASA FIJA BONIFICADAS
Plazo
Hasta 12 meses Hasta 24 meses
Tipo de empresa General Zona Sur (2) Distrito Tecnológico (3) General Zona Sur (2)  Distrito Tecnológico (3)
Micro y Pequeñas 11,00 % 8,50 % 6,50 % 12,50 % 9,50 % 7,50 %
Medianas 12,50 % 10,50 % 8,50 % 13,00 %  11,50 %  9,50 %

 

TASA VARIALBLE

Badlar (*) más 400 puntos básicos menos Bonificación (1) hasta 24 meses

(*) Promedio aritmético de la Tasa BADLAR de Bancos Privados correspondiente a los últimos veinte días hábiles al momento de cada liquidación.

 

  • GARANTIAS: A satisfacción del Banco. Si la empresa PyME presenta Aval de una Sociedad de Garantía Recíproca que reúna los requisitos de encuadrar como Garantía Preferida “A” para el BCRA se bonificara la tasa el uno con cincuenta (1,50%) puntos porcentuales de la TNA Fija aplicada.
  • ACLARACIONES:

  (1)  Las tasas indicadas incluyen un subsidio otorgado por el Ministerio de Desarrollo Económico de 3 puntos porcentuales en términos generales y de 4 puntos porcentuales para las empresas radicadas en la zona sur de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, más otros 2 puntos porcentuales adicionales para las empresas emplazadas en el Distrito Tecnológico. 

  (2)  Zona Sur. Área comprendida entre las calles: Av. General Paz, el Riachuelo, Canal que deslinda la península de Dársena Sur de la ex Ciudad Deportiva y de la Reserva Ecológica, Av. España (continuación de Av. Tristán Rodríguez, desde Fuente de las Nereidas hacia el sur), calle Elvira Rawson de Dellepiane (continuación de Brasil E / el puente de Dársena 1 / Dársena Sur y la ex Av. Costanera), Av. Ing. Huergo, Av. San Juan (incluyendo las parcelas frentistas de la vereda norte), Av. Directorio (incluyendo las parcelas frentistas de la vereda norte), Av. Escalada (incluyendo las parcelas frentistas de la vereda este), Av. Juan B. Alberdi (incluyendo las parcelas frentistas de la vereda norte) y Av. General Paz (Ley N° 470). 

 (3)  Distrito Tecnológico. Área comprendida entre las avenidas Sáenz, Boedo, Chiclana, Sánchez de Loria y Brasil, las calles Alberti y Manuel García y la Avenida Amancio Alcorta, en ambas aceras (Ley N° 2972).