| Tasa Fija Bonificadas | |||
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Plazo |
General | Zona Sur (2) | Distrito Tecnológico (3) |
| Hasta 12 meses | 11,00 % | 8,00 % | 6,00 % |
| Hasta 24 meses | 12,00 % | 10,00 % | 8,00 % |
| Hasta 36 meses | 12,00 % | 11,00 % | 9,00 % |
| Tasa Variable | ||||||
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Badlar (*) más 400 puntos básicos menos Bonificación (1) hasta 36 meses (*) Promedio aritmético de la Tasa BADLAR de Bancos Privados correspondiente a los últimos veinte días hábiles al momento de cada liquidación. |
a) Conceptos subvencionables:
• Equipos electrónicos destinados a la producción de bienes y servicios, incluyendo automatización de líneas de producción y otras máquinas-herramientas; en todos los casos equipos nuevos, sin uso, nacionales o importados.
• Contratación de servicios de desarrollo de software a medida, adaptación (customización) de software y proyectos tecnológicos que integren software y hardware para la obtención de soluciones a medida.
• Adquisición de hardware nuevo.
• Adquisición mediante compra de licencia de uso sin limitación temporal, o contratación del servicio de uso durante al menos un año de software y programas de gestión.
• Adquisición de bienes de capital nuevos, nacionales y extranjeros nacionalizados.
• Inversiones en tecnologías de procesos para ser aplicados a la producción de bienes y servicios.
b) Conceptos NO subvencionables:
• Capital trabajo.
• Obra civil.
• Teléfonos móviles y fax.
• Mobiliario.
• Servicios profesionales.
• El IVA satisfecho por la adquisición de bienes o servicios facturados y, en general, cualquier impuesto pagado por la entidad.
• Los gastos financieros como consecuencia de la inversión.
• En ningún caso se subvencionarán contratos de Leasing o Renting.
• Otros que por su naturaleza no estén sujetos a esta convocatoria.GARANTIAS: A satisfacción del Banco.
(1) Las tasas indicadas incluyen un subsidio otorgado por el Ministerio de Desarrollo Económico de 4 puntos porcentuales en términos generales y de 5 puntos porcentuales para las empresas radicadas en la zona sur de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, más otros 2 puntos porcentuales adicionales para las empresas emplazadas en el Distrito Tecnológico.
(2) Zona Sur. Área comprendida entre las calles: Av. General Paz, el Riachuelo, Canal que deslinda la península de Dársena Sur de la ex Ciudad Deportiva y de la Reserva Ecológica, Av. España (continuación de Av. Tristán Rodríguez, desde Fuente de las Nereidas hacia el sur), calle Elvira Rawson de Dellepiane (continuación de Brasil E / el puente de Dársena 1 / Dársena Sur y la ex Av. Costanera), Av. Ing. Huergo, Av. San Juan (incluyendo las parcelas frentistas de la vereda norte), Av. Directorio (incluyendo las parcelas frentistas de la vereda norte), Av. Escalada (incluyendo las parcelas frentistas de la vereda este), Av. Juan B. Alberdi (incluyendo las parcelas frentistas de la vereda norte) y Av. General Paz (Ley N°470).
(3) Distrito Tecnológico. Área comprendida entre las avenidas Sáenz, Boedo, Chiclana, Sánchez de Loria y Brasil, las calles Alberti y Manuel García y la Avenida Amancio Alcorta, en ambas aceras (Ley N° 2972). Requisitos: Apertura de carpeta comercial, de la cuenta corriente y obtener la calificación de riesgo satisfactoria por parte del Banco.
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